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Brasilia

Obligaciones y normas

Registro, microchip y vacunas

  • ✓Perros y gatos: registro en el CDAD e identificación electrónica con microchip, que implanta un veterinario (arts. 59 a 63).
  • ✓Plazos de registro: 180 días tras el nacimiento; 30 días tras rescate, adopción o cambio de domicilio; 30 días tras el fallecimiento (art. 60).
  • ✓Comunica la venta, la donación o la muerte del animal (art. 60). Los animales que estén menos de 90 días en el DF quedan dispensados.
  • ✓Sin confirmar: sanciones por falta de identificación; el art. 64 las suspende para algunas categorías hasta que se ponga en marcha la política de fomento.
  • ✓Vacuna contra la rabia y otras zoonosis cada cierto tiempo, con la cartilla al día (art. 37). Perros considerados peligrosos: antirrábica anual (art. 67).

Calle y espacios públicos

  • ✓Recoge enseguida las deposiciones en la vía pública, en un recipiente cerrado, y tíralas a la basura convencional (art. 38). Prohibido en el contenedor de recogida selectiva.
  • ✓El perro va con correa, collar o arnés según su tamaño (art. 39).
  • ✗Perros sueltos en vías y espacios públicos, salvo en los lugares destinados a ellos (art. 39). Es una infracción (art. 161).
  • ✗Abandonar al animal (art. 40). Para cederlo, hay que transferir la custodia.
  • ✗Olvidar al animal dentro de un vehículo: es una infracción (art. 161). Aparcamientos y centros comerciales deben avisarlo (art. 170).
  • ✓Las infracciones se sancionan con multas de 1.000 a 1.000.000 de reales (art. 163). Pueden recoger al animal hasta 72 horas y cobrarte los gastos (art. 37).

Tenencia y perros de guarda

  • ✗Contratar o ceder perros para vigilancia y guarda de bienes o personas: multa para quien lo tiene y para quien lo contrata (art. 78). Los contratos vigentes terminan 4 meses después de la publicación de la ley.
  • ✓Perros medianos o grandes: separación de las puertas, placa de advertencia y muros o rejas (arts. 65 y 66).
  • ✓Si un perro agrede a una persona, se recoge y lo evalúa un veterinario (art. 67).
  • ✓Bozal para animales grandes o agresivos en establecimientos y condominios (arts. 97 y 99).
  • ✓Esterilización: es materia de salud pública. Es obligatoria en animales rescatados antes de adoptarlos y en cachorros que se venden (hembras a los 6 meses, machos al año); no para todos los tutores (art. 51 y 83).

Transporte público

  • ✓Solo animales pequeños, de hasta 12 kg, un máximo de dos por vehículo y fuera del horario punta (art. 92).
  • ✓Respondes de la integridad física del animal durante el viaje (art. 92).
  • ✓Sin confirmar: horas punta exactas y si basta con la correa o se exige transportín (la prensa cita dos reglas distintas; consulta al Metrô-DF).
  • ✓En establecimientos, el animal se transporta en un recipiente adecuado (art. 97).

Fuentes oficiales

  • SINJ-DF: Lei 7.870, de 06/05/2026, Código de Direitos e Bem-estar Animal do Distrito Federal (DODF n.º 84, 11/05/2026)
  • SINJ-DF: Lei 7.765/2025 y Decreto 48.224/2026 (identificación y política de bienestar de perros y gatos)
  • Metrô-DF: normas de transporte de animales (por confirmar)

Resumen orientativo del Código de Derechos y Bienestar Animal del Distrito Federal (Ley 7.870/2026). Se publicó el 11/05/2026 y entra en vigor 180 días después, hacia el 7 de noviembre de 2026: hasta entonces rigen las normas anteriores, que el Código deroga. Varios detalles (registro, multas por infracción) dependen de reglamentos que aún no se han podido leer. En caso de duda, prevalece el texto oficial vigente.

Esta infografía es un resumen para facilitar el cumplimiento. En caso de duda, prevalece el texto oficial.

PAW DATA · ACTUALIZADO: 14 OCT 2026

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